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El Congreso y los límites jurídicos para revisar fallos judiciales

June 18, 2026
En declaraciones radiales emitidas esta mañana en AM 1350 Radio Buenos Aires, la abogada constitucionalista Lorena González Tocci analizó la viabilidad jurídica de las solicitudes promovidas por sectores políticos para anular las causas penales y la condena de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. La especialista descartó de manera categórica que el Poder Legislativo posea facultades constitucionales para interferir en las decisiones del Poder Judicial, señalando que cualquier intento en esa dirección vulneraría los principios republicanos básicos. "La respuesta rápida es no y ahora voy a explicar por qué", dictaminó la letrada al ser consultada sobre la presentación realizada en la Cámara de Diputados.

El análisis técnico surge a partir de una propuesta evaluada en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Baja para invalidar las sentencias argumentando supuestos vicios de gravedad institucional. Al respecto, González Tocci detalló que la arquitectura constitucional argentina asigna roles claramente diferenciados a cada una de las esferas del Estado. "Dentro de un sistema republicano como el argentino, cada uno de los tres poderes tienen funciones distintas y el congreso no revisa sentencias, el congreso lo que hace es dictar leyes", precisó la experta, agregando que el peligro de avanzar con iniciativas de esta índole radica en "desarmar claro el sistema democrático, y generar una especie de privilegio para funcionarios investigados y condenados por delitos de corrupción".

Asimismo, la especialista desmitificó los supuestos precedentes históricos y regionales invocados por los impulsores de la medida, aclarando que ni el tratamiento legislativo posterior al caso "Muiña" del 2x1 en 2017, ni el sobreseimiento judicial de María Estela Martínez de Perón implicaron una anulación de condenas por parte del Parlamento. También descartó el paralelismo con la legislación de dosimetría de penas en Brasil, recordando que dicha norma terminó siendo vetada por el Ejecutivo de ese país. Por tales motivos, calificó de inviable que las cámaras legislativas actúen por encima de las instancias judiciales correspondientes: "Creo que que es bastante evidente el el disparate, si me permiten el término, de proponer este esta esta idea, que el Congreso vaya por arriba arriba de otro poder anulando decisiones judiciales".

Finalmente, la constitucionalista recordó que, una vez que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratifica y confirma una sentencia, se agotan los mecanismos ordinarios de la jurisdicción local. La única alternativa legal remanente se restringe al plano internacional mediante el cuestionamiento de garantías fundamentales. "En el caso de que en esa sentencia existieran violaciones de derechos y garantías reconocidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, lo que comúnmente se llama pacto de San José de Costa Rica, se podría llevar el caso primero ante la Comisión Interamericana y luego ante la Corte por violación del tratado", concluyó González Tocci, enfatizando la improcedencia de demandar resoluciones políticas ante "sentencias firmes dictadas por el último órgano del Poder Judicial, que es la Corte Suprema".

La entrevista entera está disponible en nuestro canal de YouTube: Radio Buenos Aires.

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